La comunidad de vecinos de la calle Eslava 7 de Pamplona, en pleno casco antiguo de la capital navarra, ha colocado un cartel en la fachada de su portal de acceso explicando las dificultades que tienen para colocar un ascensor desde hace ocho años.
El texto dice lo siguiente bajo el título ‘Como conseguir poner un ascensor en el casco viejo y no morir en el intento’: “Llevamos años intentando instalar un ascensor en nuestro inmueble y en todo este tiempo nos hemos encontrado con todo tipo de trabas y problemas por parte del local, por no hablar de la lentitud en la toma de decisiones de la oficina de rehabilitación de viviendas”.
“Ha pasado mucho tiempo, tanto que desde que iniciáramos el proyecto han fallecido cuatro vecinos sin poder disfrutar de ese ascensor que, sin duda, les hubiera facilitado la vida».
«José Luis, Teresa, que estuvo dos años sin poder salir de casa. Santos, que sufrió un cáncer de pulmón y teníais que ver cómo subía las escaleras hasta llegar a su casa en un segundo piso. Se os caería el alma a los pies. Y por último Ángel que falleció el pasado 13 de mayo de cáncer y cuyos hijos tuvieron que trasladarlo a otra casa con ascensor para que pudiera disfrutar de la calle y de la luz del sol en sus últimos días”.
“No puede ser que en pleno siglo XXI no se pueda instalar un ascensor, que los trámites para lograrlo sean tan largos y que no se tenga en cuenta en ningún momento a las personas, sobre todo a nuestros mayores, sus sufrimientos y necesidades”.
“Estos mayores se merecen tener una vejez digna y no verse privados hasta de la opción de salir a la calle a pasear, al médico… a lo que ellos deseen. No puede ser que seáis tan egoístas que solo miréis vuestro ombligo, y más teniendo en cuenta que esta Comunidad no se ha negado a pagar por el espacio que siendo de vuestra propiedad necesitamos sí o sí para colocar el ascensor”.
“Es una verdadera pena que la falta de empatía, corazón y colaboración, así como la lentitud de la administración impidan que nuestros mayores puedan tener una vida normal, que sus vidas acaben de esta manera. No deseo otra cosa que Angelines, Gloria, Vitori y Marisa consigan disfrutar de ese ascensor que seguramente ustedes ya disponen en sus casas, y que sin duda saben imprescindible a partir de una edad ¿Verdad?”.
La normativa de instalación de ascensores aprobada por el Ayuntamiento de Pamplona en 2022 es la siguiente: podrán ser objeto de ayudas municipales las obras destinadas a obtener la adecuación estructural y funcional del edificio, así como la adecuación urbanística, obras de embellecimiento, instalación de columna de baños, cocinas, otras estancias, calderas y ventilaciones de patios cubiertos, ascensores y calefacción.
Los requisitos son los siguientes: el edificio estará ubicado en el Casco Antiguo de Pamplona. Antigüedad superior a 50 años, excepto adaptación a minusválidos. Que se adapten a lo que disponga el planeamiento urbanístico aplicable, y el informe del edificio emitido por los Servicios Técnicos de la Oficina de Rehabilitación.
En cuanto a los ascensores, se subvencionarán con el porcentaje máximo previsto (34%), incluido el presupuesto protegible así como adquisiciones de edificio que fuesen necesarias para su instalación.
La ordenanza general de edificación del Ayuntamiento de Pamplona señala sobre los ascensores: el espacio destinado a ascensores y cuarto de máquinas, así como el diseño y características de esta instalación, están regulados por reglamentación específica del Ministerio de Industria (Reglamento de Aparatos elevadores), y en particular por las prescripciones recogidas en la sección 2 del capítulo 8 de las presentes Ordenanzas.
Esta sección 2 dice lo siguiente: “La instalación de aparatos elevadores requerirá previa licencia municipal. En la memoria y en los planos que acompañen la petición, se hará constar, además de los datos técnicos de la instalación, el uso a que se destina el aparato elevador, número de plantas y viviendas que deberá atender, superficie útil del camarín o ancho de la escalera mecánica y velocidad de elevación”.
«Todos los órganos de los ascensores y montacargas deberán colocarse a quince centímetros (0,15 m.) por lo menos, de los paramentos interiores de las paredes medianeras de las fincas. Ni las guías ni los elementos de sustentación de aquéllos podrán ser fijados o afianzados directa o indirectamente en paredes medianeras».
Cartel colocado en el portal de la Comunidad de vecinos de la calle Eslava 7 de Pamplona. Navarra.com
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